Segunda etapa NOM035: ¿por dónde iniciar para cumplir?
Dos son los objetivos centrales de la Norma Oficial Mexicana (o NOM035, como también la conocemos):
Todo esto fortalece a las PyMEs y en estos tiempos de contingencia por COVID-19, ayuda a enfrentar los retos de la “nueva normalidad” y crecer en ese contexto. Algunos de los temores, ahora son:
De ahí que las PyMEs, aún más, deben promover un entorno laboral favorable, en el que los trabajadores se sientan seguros para incentivar su buen desempeño.
Rumbo a la segunda etapa de la NOM035
Atender esos puntos, sin duda permitirá a las PyMEs cubrir con éxito los requisitos de la segunda etapa de la Norma Oficial Mexicana (NOM035) que consiste en la verificación de cumplimiento y que se deberá atender a más tardar el próximo 23 de octubre del presente año.
Para atender con éxito dicha etapa, Recursos Humanos deberá tener presente lo siguiente:
¿Qué sanciones implica su incumplimiento?
No cumplir, de acuerdo con el Artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, fracción V, se establece que pueden aplicarse multas de 250 a 5,000 veces el salario mínimo diario general vigente en el Estado (SMGE).
Lo que equivale a cobros desde 4 mil 224 pesos hasta 422 mil 450 pesos, esta suma puede ser considerada por cada trabajador y por cada acción que no se cumpla.
Identificar, prevenir y combatir situaciones de estrés laboral y riesgo psicológico es más sencillo, seguro y rápido, contactanos para màs informaciòn, nosotros te asesoramos para cumplir con esta nueva norma.